Monday, September 25, 2006

ESTRUCTURA DEL SISTEMA ADUANERO MEXICANO Y SUS ENTIDADES DE APOYO

ATRIBUCIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL

Art. 89 Fracc. I primera parte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. “Es facultad del Presidente de la República, promulgar y ejecutar las leyes que expida el congreso de la Unión....
Art. 92 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Todos los Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Ordenes del Presidente deberán de ser firmados por el Secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos.”
Son atribuciones del Poder ejecutivo federal en materia aduanera, establecer o suprimir aduanas fronterizas, interiores y de trafico aéreo y marítimo, señalar su ubicación y funciones.
Suspender los servicios de las oficinas aduaneras por el tiempo que se juzgue conveniente , cuando así lo exige el interés de la nación.



SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

De conformidad con el art. 31 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Publica, a la SHCP le corresponde organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la unidad de apoyo para la inspección fiscal y aduanera, Actualmente esta facultad la realiza a través del órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria.
Utilizando La Ley Aduanera para el control de la entrada y salida de las mercancías del país. Y apoyándose en las 17 secretarias para el mismo control y bienestar de las mercancías importadas.

Los contribuyentes ( Personas físicas o morales) que realicen situaciones jurídicas o de hecho, que den lugar a declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes fiscales por las actividades que realicen (imp. y exp.), están obligados a inscribirse en el Registro federal de Contribuyentes (RFC). Art. 27 CFF.
Las empresas o entidades de apoyo asi como los contribuyentes se clasifican por su identidad, domicilio y en general por su situación fiscal.

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